Con 75 votos a favor, el Senado de la República aprobó en los últimos días el proyecto que busca aplicar cadena perpetua a las personas que cometan delitos de homicidio, secuestro, tortura, acceso carnal o actos sexuales abusivos contra niños, niñas, y adolescentes en el territorio colombiano.
Durante la sesión virtual de este jueves, la iniciativa fue respaldada por los partidos como Centro Democrático, Conservador, Cambio Radical, La U, Liberal y algunos miembros de la Alianza Verde; no obstante, varios miembros del Polo Democrático, las Farc, Colombia Humana, y algunos senadores como Roy Barreras, Rodrigo Lara y Gustavo Petro, se opusieron a la aceptación del proyecto. Asimismo, más de 30 senadores se ausentaron durante la plenaria.
El proyecto, que pretende aplicar cadena perpetua, ha sido presentado en más de 13 oportunidades al Congreso, pero hasta el momento no había contado con su aprobación.
Por su parte, el presidente de Colombia, Iván Duque, manifestó que: “hoy Colombia tiene un gran motivo de felicidad: hoy el Congreso de la República ha sacado adelante esa gran reforma que esperaban tantas familias, que esperábamos todos nosotros, y es que hoy Colombia va a tener cadena perpetua para violadores y asesinos de menores de edad (…), y hoy, como país, reaccionamos y como país le damos un mensaje claro en virtud del artículo 44 de nuestra Constitución, donde los derechos de los niños están por encima de los demás”.
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Plataforma Digital se contactó con el funcionario de la Rama Judicial, Fabio Enrique Pinzón Jaimes, quien explicó cuáles son los procesos que siguen después haberse aprobado este proyecto en el Senado, cómo afectará la Constitución Política actual de país, y qué consecuencias traerá en temas nacionales e internacionales.
¿Ahora cuáles serían los siguientes procesos después de haberse aprobado dicho proyecto en el Senado?
Generalmente, las leyes o actos legislativos se someten a conciliación, pero en este caso, como la votación en Cámara y Senado fue unánime, no hay necesidad de hacer tal conciliación porque hubo total consenso, pero pasará a control previo y automático de la Corte Constitucional, corporación que tendrá que hacer un estudio de constitucional del proyecto aprobado, en el análisis de constitucionalidad pueden pasar tres cosas, que se declare inconstitucional evento en el cual el proyecto se archivará; que se declare constitucional, allí el proyecto pasará a sanción presidencial o que se declare la constitucionalidad de unos aparte y la inconstitucionalidad de otros (exequibilidad o inexequibilidad), allí sí habría que hacer una conciliación para ajustar el proyecto de acuerdo a lo que ha señalado la Corte Constitucional.
¿Qué cree que sucederá con este proyecto cuando llegue a la Corte Constitucional?
Bueno, es mejor ser historiador que profeta, pero lo que considero, es que el proyecto será declarado inconstitucional, el artículo 34 de la Constitución Política concibe la prohibición de la cadena perpetua, no se trata de una norma o de un texto que se puede borrar y ya está, pues el mismo integra postulados se suma importancia frente a lo que es un Estado Social de Derecho.
Esta reforma no es una cualquiera, pues implica la supresión de una disposición o elemento esencial de la Carta Política, lo cual no le está dado al legislador, así lo ha entendido el Tribunal Constitucional en la aplicación de la teoría de la sustitución de la constitución, la cual se puede resumir así, el legislador tiene la facultad de reformar la constitución, pero dicha facultad tiene sus límites, pues en dicho ejercicio no puede sustituirla o hacer cambios o ajustes que vayan en contravía con los postulados integrales y esenciales de la Carta, lo cual considero que ocurre con el proyecto aprobado que consagra penas de cadena perpetua para violadores o asesinos de niños.
¿Qué consecuencias traerá en el ámbito constitucional, tanto nacional como internacionalmente, al haberse aprobado este proyecto?
No se trataría de una reforma constitucional sino de una sustitución constitucional, pues la cadena perpetua va en contravía de un estado social de derecho, incluso, siendo sensatos la discusión que debería darse es si las penas tan altas en el territorio nacional se acompasan con el estado social de derecho, con la sola aprobación del proyecto no hay repercusión alguna en la constitución, más allá del beneficio electoral que da el denominado populismo punitivo, las consecuencias serían impactantes si la Corte Constitucional declara exequible la reforma, porque en ese evento, habría incongruencia entre lo que es un estado social de derecho y las penas que se imponen por ese mismo estado a los ciudadanos.
Por otro lado, el proyecto avalado sería examinado inmediatamente por la entidad superior jerárquica, quien emitiría la condena, y a su vez, la revisaría 25 años después de haber sido emitida. Además, dicha propuesta enmarca que el Gobierno Nacional tendráúnicamente un año para que se reglamente y sea incluida dentro del ordenamiento penal colombiano.